Condiciones para formar parte

Podrán pertenecer a la Federación aquellas asociaciones que no tengan ánimo de lucro y que no estén sometidas a un régimen asociativo específico, previamente inscritas en el correspondiente registro, que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Federación y que realicen cursos de formación de instrucción en Yoga, adaptados al Anexo DCXVI, del Real Decreto 1034/2011, de 15 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

No podrán formar parte de la Federación las entidades que ya estén afiliadas o integradas en alguno de los asociados.

Las escuelas, linajes, estilos, asociaciones o grupos de asociaciones, tengan vínculos entre sí o no, que impartan la misma o análoga formación, con los mismos profesores y/o siguiendo las mismas líneas generales, y/o que formen parte de otra entidad ya federada, tendrán un único representante en la Federación y en la Asamblea y un único voto.

Ser entidad formadora de profesores de Yoga, con más de 5 años de experiencia formativa demostrable.

Ser avalada por 2 miembros de la Junta Directiva de FEDEFY.

Comprometerse a adaptar sus programas formativos, en cuanto a contenidos y capacidades, al Anexo DCXVI, del Real Decreto 1034/2011, de 15 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

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Podrán pertenecer a la Federación aquellas asociaciones que no tengan animo de lucro y que no estén sometidas a un régimen asociativo específico.